Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo puedo empezar a alquilar?
A partir del 15 de agosto de 2025. ¡Ya queda poco! (Aunque es posible que la aprobacion definitiva de la ley se retrase)
- ¿Cuándo puedo empezar a preparar mi barco?
Desde hoy mismo. Contrata la revisión gratuita y empezaremos a preparar tu barco para que sea apto para el alquiler.
- ¿Cuanto tiempo puedo alquilarlo?
Como máximo 3 meses al año. No tienen por qué ser cosecutivos.
- ¿Quién podrá llevar mi barco?
El inquilino deberá contar con la titulación náutica necesaria. Si no la tiene, podrá contratar un patrón profesional. Tú siempre decides a quién le alquilas tu barco.
- ¿Qué requisitos legales existen para alquilar mi barco?
Seguros: Algunas polizas ya lo incluyen, pero a parte del seguro de barco tradicional necesitarás un seguro obligatorio de pasajeros es imprescindible para alquilar tu barco. ITB: Además, si no lo tienes aún, necesitarás la ITB intermedia. Despacho: Durante los meses de alquiler deberás emitir un despacho en Capitania Marítima.
- ¿Quién se hace cargo de la gestión del barco pre y post alquiler?
Si el inquilino contrata un capitan, este hara el check-in y check-out. Si no, lo podras hacer tu mismo o automatizarlo.
- ¿Qué sobrecoste me supone?
El coste de la ampliación del seguro depende de tu situación actual. Si ya tienes un seguro, solo será necesario adaptarlo para cumplir con la normativa de alquiler.
- ¿Puedo alquilar mi barco en cualquier lugar?
Sí, puedes alquilarlo en cualquier lugar donde haya demanda.
- ¿Podré usarlo mientras esta anunciado?
Durante el cambio de uso, no podrás hacer uso del barco. Puedes usar tu barco personalmente entre reservas, sin problema.