
Convierte tu barco de Lista 7ª en una fuente de ingresos
El nuevo Reglamento de Navegación Marítima te permite alquilar tu barco hasta 3 meses al año. Genera ingresos para mantenerlo como se merece.
¿Por qué alquilar tu barco con Zarpar?
Te acompañamos en todo el proceso para que puedas aprovechar esta nueva oportunidad legal de forma segura y rentable.
Genera ingresos extra
Hasta 3 meses de alquiler al año para cubrir gastos de mantenimiento
Proceso legal y seguro
Cumplimos con toda la normativa vigente del BOE
Gestión completa
Nos encargamos de todo el proceso administrativo
Flexibilidad total
Tú decides cuándo y a quién alquilar tu barco
5 pasos para empezar a alquilar
Te guiamos paso a paso para que puedas alquilar tu barco de forma legal y segura
Regístrate y sube tu barco
Completa los datos de tu embarcación con fotos atractivas y documentación básica.
Autorización de cambio de uso
Tramitamos la autorización oficial para cambio temporal de uso privado a comercial.
Seguros y certificaciones
Verificamos que tengas el seguro obligatorio de viajeros y certificado de navegabilidad.
Distintivo "CT"
'Colocas el distintivo obligatorio en ambas amuras del barco durante el período de alquiler.'
¡Empieza a alquilar!
Tu barco está listo para recibir reservas y generar ingresos.
Requisitos legales
Según el BOE-A-2025-15205, estos son los requisitos oficiales que debe cumplir tu barco
Matriculado en Lista 7ª
Tu barco debe estar registrado en la Lista Séptima del Registro de Buques
Certificados en vigor
Certificado de navegabilidad y documentación al día
Seguros obligatorios
Seguro de RC + Seguro Obligatorio de Viajeros durante el alquiler
Gestión náutica
Empresa autorizada (nosotros) gestiona el despacho durante el uso comercial
Cronograma legal
Fechas importantes que debes conocer según la normativa oficial
Julio 2025 - Actualidad
ActivoYa puedes solicitar el cambio temporal de uso. Preparamos tu barco para el alquiler.
15 Agosto 2025
PróximoEntrada en vigor del RONM. Puedes solicitar el despacho y empezar a alquilar oficialmente.
¿Listo para empezar?
Te ayudamos con todos los trámites para que puedas alquilar tu barco de forma legal y segura. ¡No pierdas esta oportunidad!
Preguntas frecuentes
Resolvemos las dudas más comunes sobre el alquiler de barcos de Lista 7ª
¿Cuándo puedo empezar a alquilar?
A partir del 15 de agosto de 2025, cuando entre en vigor el nuevo Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima.
¿Cuánto tiempo puedo alquilarlo?
Como máximo 3 meses al año. No tienen por qué ser consecutivos, puedes distribuirlos según te convenga.
'¿Qué requisitos legales existen?'
Necesitas seguros específicos (RC + SOV), certificado de navegabilidad vigente, y tramitar el cambio temporal de uso a través de una empresa autorizada como nosotros.
¿Quién puede llevar mi barco?
El inquilino debe tener la titulación náutica necesaria. Si no la tiene, puede contratar un patrón profesional. Tú siempre decides a quién le alquilas.
'¿Puedo usar mi barco mientras está anunciado?'
Sí, puedes usar tu barco personalmente entre reservas sin problema. Solo durante el período de alquiler activo no podrás usarlo.
¿Qué sobrecoste me supone?
El coste principal es la ampliación del seguro para incluir el SOV. Si ya tienes seguro, solo será necesario adaptarlo. Nosotros te ayudamos con todo.
Información legal
Esta información se basa en la Resolución de 17 de julio de 2025 de la Dirección General de la Marina Mercante (BOE-A-2025-15205) y el Real Decreto 186/2023 que aprueba el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima.
Zarpar es una empresa autorizada para la gestión náutica y tramitación de cambios de uso temporal de embarcaciones de Lista 7ª a uso comercial.